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Nuevas Líneas ICO para 2014
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Las líneas ICO 2014 se pueden tramitar en las entidades financieras que colaboran con el ICO ( Banca March, Banco Caixa Geral, Banco Sabadell, Bankinter, Cajamar Caja Rural, Targobank, Banca Pueyo, Banco Popular, Bankia, BBVA y La Caixa).

El plazo para solicitar estas líneas ICO finaliza el 15 de diciembre de 2014. No obstante, los fondos son limitados y podrían agotarse antes de esa fecha, por lo que conviene que no demore su solicitud. El Estado aporta los fondos, pero las solicitudes se presentan en las entidades de crédito, pues son éstas las que tramitan la solicitud y deciden si conceden o no la financiación. La entidad de crédito asume el riesgo de impago, por lo que es ésta también la que decidirá qué garantías le exige.

Las líneas más relevantes para autónomos, emprendedores y pymes son:

1. Línea ICO Empresas y Emprendedores 2014

2. Línea ICO Garantía SGR 2014

3. Línea ICO Internacionalización 2014

4. Línea Exportadores Corto Plazo 2014


1. Línea ICO Empresas y Emprendedores 2014

Dirigida a: autónomos y empresas, tanto españolas como extranjeras con actividad en España, que vayan a realizar inversiones en España o tengan necesidades de liquidez. Esta línea también está abierta a particulares y comunidades de propietarios para rehabilitación de viviendas o edificios.

Importe máximo: diez millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.

Modalidad: en préstamo o leasing si se destina a inversión.

Financiación máxima: hasta el cien por cien en proyectos de inversión.

Conceptos financiables: liquidez (necesidades de circulante para pagar los gastos de circulante o gastos de funcionamiento, con el límite del 50 por ciento de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión) e inversiones productivas tales como la adquisición de activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano), vehículos turismos (hasta 30.000 euros),  adquisición de empresas e IVA (o IGIC) ligado a la inversión.

Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2013 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.

Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá  oscilar entre  uno y veinte años, pudiendo optar por  carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.

Tipo de interés: se puede optar entre un tipo de interés fijo (según cotización quincenal comunicada por el ICO) o variable (Euribor a 6 meses más diferencial según cotización quincenal comunicada por el ICO), más hasta el 2,30 por ciento en operaciones a un año, el 4,00% en operaciones a 2 y 3 años o el 4,30 por ciento en operaciones a más de 3 años.

Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad. En caso de amortización anticipada será el 1,75 por ciento.

Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación.

Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.

Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.


2. Línea ICO SGR 2014


Dirigida a
: Autónomos, Pymes y resto de empresas, tanto españolas como extranjeras con actividad en España, con necesidades de financiación que cuenten con el aval de una de las Sociedades de Garantía Recíproca acogidas a la línea.

SGR conveniadas: se puede consultar para cada Comunidad autónoma en la web de la Compañía Española de Reafianzamiento. www.cersa-minetur.es

Importe máximo un millón y medio de euros en operaciones de inversión en una o varias operaciones. En operaciones de liquidez, un millón en operaciones avaladas al cien por cien y 60.000 euros en operaciones avaladas al 50 por ciento.

Modalidad: en préstamo o leasing. En operaciones de liquidez sólo podrá ser en préstamo.

Porcentaje de la operación avalado por la SGR: Cien por cien en operaciones de inversión. En las de liquidez las SGR podrá avalar el 50 por ciento o el cien por cien.

Destino del préstamo: para cubrir necesidades de liquidez (gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc., con el límite del 50 por ciento de la financiación obtenida) o inversiones en activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano) y para la creación de empresas en el extranjero. Se incluye la adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 30.000 euros, adquisición de empresas e IVA (o IGIC) ligado a la inversión.

Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior al 1 de enero de 2013 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de un año a contar desde la fecha de firma de la financiación.

Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá  oscilar entre  uno y quince años, pudiendo optar por  carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.

Tipo de interés: Se podrá optar entre un tipo de interés fijo o variable (Euribor a 6 meses) más un diferencial que en operaciones avaladas al cien por cien será del 1,15 por ciento en operaciones de un año, del 2,00 por ciento en operaciones de 2 o 3 años o del 2,15 por ciento en operaciones de más de 3 años.  En operaciones avaladas al 50 por ciento  el diferencial será del 1,725 por ciento en operaciones de un año y del 3,00 por ciento en operaciones a 2 y 3 años.

Coste del aval: la SGR podrá cobrar hasta un 1,15 por ciento en operaciones de un año, un 2 por ciento en operaciones de 2 y 3 años y un 2,15 por ciento en operaciones de más de 3 años. Además cobrará hasta un 4 por ciento del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe será reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR.

Comisiones: hasta el 0,50 por ciento, a cobrar por la SGR (en operaciones avaladas al cien por cien) o la entidad financiera (en operaciones avaladas al 50 por ciento). En caso de amortización anticipada será del 1,75 por ciento.

Tramitación: en la SGR o en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.

Garantías: a determinar por la entidad financiera y la SGR en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.

Compatibilidad: es compatible con otras líneas ICO u otras ayudas de las comunidades autónomas


3. Línea ICO Internacional 2014


Dirigida a: Autónomos, Pymes o empresas con capital mayoritariamente español, domiciliadas tanto en España como en el extranjero.

Importe máximo
: hasta 10 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.

Modalidad: en préstamo o leasing si se destina a inversión.

Financiación máxima
: hasta el cien por cien en proyectos de inversión.

Inversiones financiables: liquidez (necesidades de circulante para pagar los gastos de circulante o gastos de funcionamiento, con el límite del 50 por ciento de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión) e inversiones, como activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano), vehículos turismos (hasta 30.000 euros), adquisición de empresas en el extranjero e IVA o impuesto similar que se liquide en España como soportado.

Periodo de inversión: la inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2013 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.

Plazo de amortización: en los préstamos destinados a operaciones de liquidez el plazo podrá oscilar entre uno y tres años, pudiendo optar a un año de carencia de principal. En operaciones de inversión el plazo de amortización podrá  oscilar entre  uno y veinte años, pudiendo optar por  carencia de principal de un año o de dos en operaciones de más de doce años.

Tipo de interés: se puede optar entre un tipo de interés fijo (según cotización quincenal comunicada por el ICO) o b(Euribor a 6 meses más diferencial según cotización quincenal comunicada por el ICO), más hasta el 2,3 por ciento de diferencial en operaciones a un año, el 4,0 por ciento en operaciones a 2 o 3 años y el 4,3 por ciento en operaciones a más de 3 años.

Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad. En caso de amortización anticipada será el 1,75 por ciento.

Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.

Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.

Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.


4. Línea ICO Exportadores corto plazo 2014

Dirigida a: autónomos, pymes y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo de su facturación en el mercado exterior. Se podrán anticipar facturas generadas por operaciones de exportación con una fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha del anticipo.

Importe máximo: hasta diez millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.

Modalidad: Anticipo del importe de la factura mediante contrato a acordar entre el cliente y la entidad de financiera.

Financiación máxima: hasta el cien por cien del importe de la factura.

Operaciones financiables: podrán ser tanto aquellas que tengan como que no tengan Certificado para Liquidez, consistente en una garantía emitida por una entidad aseguradora.

Tipo de interés: en este caso será variable, en concreto Euribor a 3 ó 6 meses más un diferencial que dependerá de si se dispone o no de Certificado para Liquidez. En caso de disponer del mismo el diferencial será del 1,40 por ciento y en caso de no disponerlo del 2,30 por ciento.

Comisiones: sin comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad. Si la operación cuenta con Certificado para Liquidez, la aseguradora podrá cobrar al cliente una prima máxima de 0,25 por ciento anual sobre el importe asegurado en el certificado.

Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO.

Garantías: para aquellas operaciones en las que se disponga de Certificado de Liquidez, esa será la garantía para la entidad financiera. En caso de no disponerse de este certificado, la entidad podrá fijar las garantías que considere oportuno.

Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones.


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